Política de privacidad

Última actualización el 25 de Febrero de 2020.

Definiciones

RGPD: se refiere al Reglamento General de Protección de Datos.

1. Principios de protección de datos

La Asociación para las Naciones Unidas en España se compromete a procesar los datos de carácter personal en concordancia con sus responsabilidades bajo el RGPD.

El artículo 5 del RGPD obliga a que los datos personales sean:

  1. procesados de forma legítima, justa y transparente en relación a los individuos;
  2. recolectados para fines específicos, explícitos y legítimos; y que no sean procesados de forma incompatible con estos propósitos. El archivo con propósitos de interés público, científico, histórico o estadístico no se considerará incompatible con los fines iniciales;
  3. adecuados, relevantes y limitados a lo que es necesario para los fines para los que se ha recolectado;
  4. precisos y, cuándo sea necesario, se mantengan actualizados; se tomaran medidas razonables para garantizar que los datos sabidos imprecisos sean eliminados o corregidos en el tiempo lo más breve posible;
  5. mantenidos de una forma que no permita la identificación de los sujetos durante más tiempo del necesario para los propósitos por el que se recogieron los datos; el tiempo durante el que los datos podrán ser guardados podrá alargarse para ser archivados con propósitos de interés público, científico, histórico o estadístico, sujetos a las medidas técnicas y organizativas apropiadas para salvaguardar los derechos y libertades de los individuos; y
  6. procesados de una forma que garantice su apropiada seguridad, incluyendo protección contra accesos no-autorizados, procesamiento ilegal, pérdida, destrucción o daño, utilizando las medidas técnicas y organizativas adecuadas.

2. Provisiones generales

  1. Esta política se aplica a todos los datos personales procesados por la Asociación para las Naciones Unidas en España. 

3. Procesado legítimo, justo y transparente

  1. Los individuos tienen el derecho a acceder a sus datos personales y toda petición de ésta índole que reciba la Asociación para las Naciones Unidas en España se resolverá de forma eficaz.

4. Fines legítimos

  1. Todos los datos procesados por la Asociación para las Naciones Unidas en España deben responder a uno de los siguientes fines legítimos: consentimiento, contrato, obligación legal, interés vital, deber público o interés legítimo.
  2. Cuando el consentimiento sea la base legítima en la que se apoya el procesado de datos, se debe conservar una evidencia de este consentimiento con los mismos.
  3. Cuando se envíen comunicaciones a individuos en base a su consentimiento, se pondrá, de forma clara, a su disposición una opción para revocar dicho consentimiento. Deberán existir mecanismos para asegurar que los cambios se vean reflejados activamente en todos los sistemas de la Asociación para las Naciones Unidas en España.

5. Minimización de los datos

  1. La Asociación para las Naciones Unidas en España debe garantizar que los datos de carácter personal son adecuados, relevantes y limitados en relación al propósito con el que se han recopilado.

6. Archivo / eliminación

  1. La Asociación para las Naciones Unidas en España garantizará que los datos personales no se guardarán durante más tiempo del necesario.

7. Seguridad

  1. El acceso a datos personales será limitado al personal que necesite acceder y deben existir medidas de seguridad para evitar accesos no autorizados a la información.
  2. Cuando se eliminen datos personales, debe hacerse de forma segura tal que los datos sean irrecuperables.
  3. Deben existir soluciones apropiadas para realizar copias de seguridad y recuperaciones en caso de desastre.